El Decreto Supremo 4582 que reglamenta la devolución, establece un plazo de 90 días calendario para la realización del trámite voluntario que inicia este 5 de octubre; para la devolución total o parcial de aportes realizados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Te presentamos los sitios habilitados por las AFP´s para consulta online:
AFP FUTURO:
https://devoluciones.afp-futuro.com/siswww/es/dev/dev/formulario_cons
![](https://sp-ao.shortpixel.ai/client/to_webp,q_glossy,ret_img,w_296,h_590/https://miabogado.bo/wp-content/uploads/2022/05/ASAA.jpg)
AFP PREVISIÓN:
https://online.prevision.com.bo/DevolucionParcialTotalAportes.html
![](https://sp-ao.shortpixel.ai/client/to_webp,q_glossy,ret_img,w_289,h_600/https://miabogado.bo/wp-content/uploads/2022/05/242922857_1037799947021886_734495966294087182_n.jpg)
La ley señala que la devolución será de hasta el 15% del saldo acumulado a aquellos aportantes que tengan un monto menor o igual a Bs 100.000 independientemente de su edad.
La segunda modalidad de devolución parcial es de hasta Bs 15.000 para aquellos que tengan en su Cuenta Personal Previsional un monto mayor a Bs 100.000.
La tercera opción es la de la devolución Total (100% del saldo acumulado) para aquellos que tengan en su Cuenta Personal Previsional un monto menor o igual a Bs 10.000 y cuenten con la edad de cincuenta o más años.
En cualquier caso, se recomienda considerar y pensar muy bien antes de tomar una decisión ya que estos ahorros significan el sustento para una futura y posible renta de jubilación.